Capítulo 31. ¿Cómo determinamos el valor generado?
Metodologías de valuación y cálculo de la captura de valor
Antes de decidir cuánto valor debe recuperar la ciudad, necesitamos determinar cuánto valor fue realmente generado por una decisión pública.
En el capítulo anterior de El Derecho de la Ciudad a Financiarse explicamos cómo construir el expediente territorial de un inmueble: reunir la información física, jurídica, urbanística y económica necesaria para conocer sus condiciones originales. Ahora debemos dar el siguiente paso.
Transformar esa información en valores económicos técnicamente sustentados.
Porque no todo aumento del precio inmobiliario constituye plusvalía susceptible de captura.
En este ejercicio suponemos que el incremento de ocho millones de pesos puede atribuirse a la decisión pública, después de controlar razonablemente los demás factores. La aportación hipotética sería de 2.4 millones de pesos. Estos valores y el porcentaje del 30% son únicamente didácticos. No constituyen una tarifa vigente ni sustituyen la metodología y el fundamento jurídico que cada instrumento requiera. El ejemplo permite observar que el incremento del valor del suelo y la contraprestación determinada son cantidades diferentes.
- Del dato al valor: el desafío de medir
- Establecer una línea base confiable
- Medir la nueva oportunidad de desarrollo
- Tres metodologías para estimar el valor
- ¿Qué parte del incremento generó la acción pública? Ésta es una de las distinciones centrales de nuestra propuesta. Un terreno puede aumentar de valor por inflación, crecimiento de la demanda, inversiones realizadas por su propietario, infraestructura pública o cambios en los aprovechamientos permitidos. No sería razonable atribuir automáticamente todo el incremento al gobierno. La captura de valor requiere identificar, con criterios técnicos, qué parte de la valorización está asociada a decisiones e inversiones colectivas.
- ¿Cuánto debería recuperar la ciudad? Una vez estimado el incremento atribuible a la decisión pública, aparece otra pregunta: ¿Qué proporción corresponde recuperar? No existe un porcentaje universal aplicable a todos los instrumentos y territorios. La determinación debe considerar la legislación correspondiente, los objetivos de la política urbana, la equidad, la viabilidad financiera del proyecto y los incentivos necesarios para que la inversión pueda realizarse. Veamos un ejercicio exclusivamente ilustrativo.
| Concepto | Valor |
| Edificabilidad original | 4 niveles |
| Valor inicial estimado del suelo | $20,000,000 |
| Nueva edificabilidad | 6 niveles |
| Valor posterior estimado del suelo | $28,000,000 |
| Incremento atribuible a la decisión pública | $8,000,000 |
| Proporción hipotética de captura | 30% |
| Aportación estimada a la ciudad | $2,400,000 |
- Del avalúo a una determinación verificable Una estimación económica no debería convertirse automáticamente en una obligación de pago sin contar con un procedimiento técnico y administrativo debidamente sustentado. Es necesario establecer quién realiza el cálculo, quién lo revisa, qué información se utiliza, cómo se documentan los supuestos y qué mecanismos existen para solicitar una revisión o impugnar la determinación. Los dictámenes, memorias de cálculo, criterios públicos y expedientes técnicos son indispensables para ofrecer certeza.
- Una captura justa, transparente y financieramente viable. El recorrido completo puede resumirse en una secuencia: